Glosario de prevención de riesgos laborales

Los términos técnicos y legales más usados en torno a la Ley 16.744, explicados en lenguaje simple y ordenados de la A a la Z.

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A

Accidente de trayecto
Accidente ocurrido en el trayecto directo, de ida o regreso, entre el domicilio del trabajador y su lugar de trabajo, o entre dos empleos distintos.
Accidente del trabajo
Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.

C

Comité Paritario de Higiene y Seguridad
Organismo compuesto por representantes del empleador y de los trabajadores, obligatorio en empresas con 25 o más trabajadores, encargado de vigilar el cumplimiento de las normas de prevención.
Cotización adicional diferenciada
Tasa extra que se suma a la cotización básica, calculada según el riesgo de la actividad económica y el historial de siniestralidad de la empresa.
Cotización básica
Aporte general de cargo del empleador para financiar el seguro de la Ley 16.744, equivalente a un porcentaje de las remuneraciones imponibles.

D

Departamento de Prevención de Riesgos
Unidad a cargo de un experto en prevención, obligatoria en empresas con 100 o más trabajadores, encargada de planificar y coordinar las acciones de prevención.
DIAT
Denuncia Individual de Accidente del Trabajo. Formulario que el empleador (u otra persona habilitada) presenta al organismo administrador para reportar un accidente laboral.
DIEP
Denuncia Individual de Enfermedad Profesional. Formulario equivalente al DIAT, pero utilizado para reportar una enfermedad de origen laboral.

E

Enfermedad profesional
Enfermedad causada de manera directa por el ejercicio de una profesión u oficio, que produce incapacidad o muerte, y que se desarrolla gradualmente por exposición sostenida a un agente causal.

I

Incapacidad permanente
Disminución de la capacidad de trabajo que persiste una vez terminado el tratamiento y que puede dar derecho a una indemnización o pensión, según su magnitud.
Incapacidad temporal
Estado transitorio de incapacidad para trabajar mientras dura la recuperación del accidente o enfermedad, período durante el cual opera el subsidio.
Invalidez
Pérdida de la capacidad de trabajo igual o superior a un porcentaje relevante, que da derecho a pensión conforme al grado de incapacidad determinado.

M

Mutualidad de empleadores
Corporación privada sin fines de lucro (como ACHS, IST o Mutual de Seguridad CChC) autorizada para administrar el seguro de la Ley 16.744.

O

Organismo administrador
Entidad —el ISL o una mutualidad— responsable de administrar el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales para una empresa determinada.

P

Pensión de sobrevivencia
Beneficio económico que reciben los familiares directos de un trabajador fallecido a causa de un accidente laboral o enfermedad profesional.
Prestaciones económicas
Beneficios en dinero del seguro, como el subsidio por incapacidad temporal, la indemnización o la pensión por invalidez.
Prestaciones médicas
Atención médica, quirúrgica, dental, hospitalaria, de rehabilitación y medicamentos que el seguro entrega de forma gratuita hasta la curación completa.

R

Reglamento Interno de Higiene y Seguridad
Documento que todo empleador debe elaborar y entregar a sus trabajadores, con las normas de prevención y las obligaciones y prohibiciones aplicables en la empresa.

S

Subsidio por incapacidad temporal
Pago que reemplaza la remuneración del trabajador mientras se encuentra imposibilitado de trabajar por un accidente laboral o enfermedad profesional cubierta.
SUSESO
Superintendencia de Seguridad Social, organismo fiscalizador que resuelve reclamos sobre la calificación de accidentes y enfermedades profesionales.

T

Trayecto directo
Recorrido habitual y razonable entre el domicilio del trabajador y su lugar de trabajo, sin desvíos ajenos al objeto del trayecto, que determina si un accidente se considera de trayecto.